abogado patrimonial



Cabe la posibilidad de finalizar su matrimonio directamente en un notario, sin necesidad de pleito, gracias a la actualización del Código Civil de 2015 .

Debe haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para poder separarse.Dicho plazo no tendrá valor sí de justifica que existe riesgo para la integridad física



En el bufete de Zaragoza le ayudamos a gestionar su separación, aclarándole con la documentación que serán necesario y indicándole su vencimiento.



El divorcio contencioso es la vía"clásica", se presenta una solicitud de separación por parte de una de las partes,exigiendo la disolución del contrato matrimonial, anexando el mandato que se exige por una de las partes. Como debe ser la custodia de los hijos ,el régimen de visitas,la pensión alimenticia.

A partir del 23 de Julio del 2015 se pueden resolver demandas de divorcios por la vía rápida, la Jurisdicción Voluntaria es un método eficiente a través del cual los cónyuges que han acordado bilateralmente poner fin a su casamiento tienen la posibilidad de hacerlo sin llegar a los juzgados. No deben haber hijos menores de edad y debe haber pasado al menos tres meses desde que contrajo matrimonio.

La vía Judicial es más económica puesto que permite a los cónyuges estar representados por el mismo procurador y arbitrados por un único letrado. Hay que entregar la demanda o solicitud de divorcio o separación y el convenio regulador en el Juzgado de su localidad.

La demanda mediante el contencioso es la más costosa y extensa. Por un lado, la debe interponer solo uno de los que conforman la pareja, después se le notificará a la otra parte y el caso se reportará ante un juez.

En el dictamen se pactara el desposeimiento de la patria potestad en el tiempo, en el procesamiento se presente motivo para ello. El patrimonio, los medios económicos y las penurias de los cónyuges y otra distinta circunstancia existente.

Son justificación de separación:
El abandono infundado de la morada, el engaño abogado del estado sueldo nupcial, la pauta ofensiva y otra/o violación grave o insistente de las responsabilidades connubiales.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *